LA PROPIEDAD INTELECTUAL DE LOS PROGRAMAS INFORMATICOS

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Para que un programa informático quede amparado por la Ley de Propiedad Intelectual, en el ámbito de los derechos de autor, se le exige, entre otros, que el mismo sea original. Sin embargo, un programa no puede ser íntegramente original.

Esto se debe a que utiliza un lenguaje ya creado, unos algoritmos prediseñados, etc. Sin embargo, esto no quiere decir que no pueda ser original. 

La normativa en materia de Propiedad Intelectual protege, con carácter general, el código fuente y el código objeto, pero no la funcionalidad. El objetivo de liberar la funcionalidad sigue el mismo propósito que el hecho de no poder registrar una idea ya que, de lo contrario, se monopolizarían impidiendo que surgiesen nuevos competidores en el mercado.

Por ejemplo, no existirían diferentes marketplaces, como Amazon; tampoco diferentes plataformas de streaming, como Netflix, HBO o Disney+.

El hecho de que no se permita limitar la funcionalidad, permite que existan numerosos operadores en el mercado, promoviendo la competencia.

Sin embargo, existen casos en los que el código fuente es libre o abierto por definición. El objetivo de este es, precisamente, que todos tengan acceso a este código.  Un modelo de desarrollo de software colaborativo por el que se puede acceder al código fuente para ser utilizado por los desarrolladores. 

Incluso en estos casos en los que el programa está realizado sobre un código abierto, existe originalidad. Por ejemplo, Netflix está programado con código abierto, lo que no significa que se pueda plagiar el desarrollo que se ha realizado sobre dicho código, aunque si aplicar las mejoras que se han hecho sobre el mismo.